Actualizado a octubre de 2026
Llega un correo de la DIAN, o un oficio de la secretaría de hacienda, y con él una palabra que nadie quería leer: requerimiento, liquidación, pliego de cargos, aprehensión. Desde ese día corre un término. Alejandro Medina, abogado tributarista y aduanero, se ocupa de lo que viene después: la defensa de contribuyentes y usuarios de comercio exterior ante la administración y ante los jueces. En más de diez años de ejercicio ha representado más de $250.000 millones en controversias tributarias y aduaneras†.
En estos procesos el calendario pesa tanto como el argumento. El procedimiento tributario y el aduanero son sistemas de plazos breves y cargas probatorias precisas: lo que no se responde a tiempo, o no se prueba en la oportunidad debida, rara vez se recupera después. Un requerimiento especial, una liquidación oficial o un acta de aprehensión no cierran la discusión, pero sí fijan sus reglas.
El método es sobrio. Primero, la fecha de notificación y el vencimiento. Después, el expediente completo, la contabilidad y los soportes, frente a la norma aplicable y la jurisprudencia del Consejo de Estado. Solo entonces se escribe. El cliente recibe, por escrito y en lenguaje claro, un diagnóstico de riesgos y opciones, bajo secreto profesional. El resultado depende de cada caso; el rigor, no.